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En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena indemnizar a compañía de seguros por pago de accidente provocado por conductor ebrio.

El Tribunal de alzada ordenó pagar a AIG Chile Compañía de Seguros Generales S.A., la que debió cancelar póliza de vehículo que resultó destruido en un choque registrado el 1 de junio de 2012, en la comuna de Macul.

27 de junio de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a propietario y conductor de vehículo a pagar una indemnización de $5.236.867 a compañía de seguros.
La sentencia sostiene que la valoración de estos documentos conforme lo prescribe el citado artículo 1700 del Código Civil permite tener por probado que Chartis Chile Compañía de Seguros Generales S.A. reformó sus estatutos y cambió su razón social a AIG Chile Compañía de Seguros Generales S.A., de manera tal que se trata de la misma persona jurídica. En tal escenario, cobra aplicación el inciso primero del artículo 534 del Código de Comercio, conforme al cual por el pago de la indemnización el asegurador se subroga en los derechos y acciones que el asegurado tenga en contra de terceros en razón del siniestro.
La resolución agrega que el caso de autos se ha demostrado la responsabilidad que le cabe al demandado en los hechos que dieron origen al proceso, la causación de daños ocasionados por su manejo en estado de ebriedad y el pago de la indemnización por parte de la compañía aseguradora demandante al asegurado, razón por cual corresponde acoger la demanda de indemnización de perjuicios en su contra, hasta por el monto indicado en la demanda.
El fallo concluye que asimismo, deberá también responder dueño de automóvil en forma simplemente conjunta, por no haberse invocado la solidaridad, todo ello en conformidad al artículo 174 de la Ley N° 18.290.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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