Noticias

Desestimó tutela laboral y despido injustificado.

Corte de Talca acogió nulidad laboral y condenó a empresa a pagar prestaciones adeudadas a trabajadora despedida.

Se concluyó que la sentencia de autos ha incurrido en la causal de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 N° 6 del mismo cuerpo legal.

3 de julio de 2018

En forma unánime, la Corte de Talca acogió el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia del Primer Juzgado de Letras de Linares, que rechazó la demanda principal por tutela laboral y la petición subsidiaria por despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por una trabajadora en contra de su ex empleadora.

En su sentencia, la Corte de Talca sostuvo que, en cuanto a la causal de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en cuanto a que se dictó la sentencia con omisión del requisito del numeral 6) del artículo 459 del mismo cuerpo legal, que prescribe que el fallo debe contener la resolución de las cuestiones sometidas a la decisión del Tribunal, con expresa determinación de las sumas que ordene pagar o las bases necesarias para su liquidación si ello fuere procedente, el recurrente la hace consistir en que la sentencia debió pronunciarse respecto a conceptos y montos adeudados que cita en el arbitrio y que se refieren a “fracción del mes de junio que fue ratificado en el comparendo ante la inspección del trabajo ascendiente a la suma de $ 1.203.251 y feriado legal la suma de $ 594.084 que fue ratificado en el comparendo ante la inspección del trabajo”. En efecto, revisada la demanda, efectivamente el actor solicitó tales conceptos y las sumas mencionadas y examinada la sentencia impugnada carece de pronunciamiento en relación a ese específico tema.

De esa forma, el fallo concluyó que la sentencia de autos ha incurrido en la causal de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 N° 6 del mismo cuerpo legal, al no contener una resolución acerca de las peticiones referidas en la demanda que dicen relación con conceptos remuneracionales y feriado.

Por lo anterior, la Corte de Talca acogió el recurso de nulidad deducido, declarando nula la sentencia impugnada, dictándose acto seguido y sin nueva vista, pero separadamente, la respectiva sentencia de reemplazo, en que se acogió la demanda interpuesta solo en cuanto se declaró que se condena a la demandada a pagar, a favor de la actora, la suma de $ 1.203.251 por concepto de remuneración por los quince primeros días del mes de junio de 2017 y la suma de $ 594.084 por concepto de feriado proporcional.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia y la sentencia de reemplazo.

 

 

RELACIONADO

* Juzgado de Letras del Trabajo de Arica ordena a Municipalidad pagar prestaciones adeudadas a profesora…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *