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En fallo unánime.

Corte de Valdivia rechaza protección de docente universitario bajo investigación interna.

El Tribunal de alzada rechazó la acción judicial tras establecer que la suspensión del docente no vulnera sus derechos constitucionales.

10 de julio de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Austral de Chile, por profesor que fue suspendido de sus funciones en mayo pasado, al abrirse una investigación interna por una serie de denuncias que implicarían incumplimientos a sus obligaciones como director de escuela, como académico responsable de su asignatura y conductas de acoso sexual a estudiantes. 
La sentencia sostiene que no se advierte arbitrariedad ni ilegalidad en los actos reprochados a la recurrida, de la forma en que se expuso precedentemente, por lo que al no configurarse los presupuestos que se requieren para que sea procedente el recurso de protección, deberá necesariamente rechazarse.
La resolución agrega que de la lectura del "Acta de Acuerdo/CEE" de 26 de abril de 2018 se desprende con claridad que la respuesta de las autoridades universitarias, entregada a los alumnos señalaba que no era posible aplicar expulsión ni otra sanción al Sr. Contreras, sino dentro del marco de una investigación y que ella se iniciaría una vez recibidas las respectivas denuncias. En estrados ambas partes dieron cuenta de la vigencia de la investigación. En consecuencia, no se advierte vulneración ni al debido proceso -en lo que a estos hechos atañe- ni a una eventual decisión adoptada por autoridad incompetente.
A continuación, el fallo estima ha sido amagado su derecho de propiedad sobre el cargo que ostenta como académico y director de la Escuela de Artes Visuales de la Universidad Austral de Chile. De lo ya dicho se desprende que existe una investigación en curso, cuya ritualidad se ajusta al Reglamento Interno de la Universidad recurrida, la que no ha sido objeto de este recurso, que en ese el Sr. Contreras ha sido suspendido en su cargo, con derecho a remuneraciones, de forma que el ejercicio de propiedad sobre el cargo ha sido limitado de forma reglamentaria.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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