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En fallo unánime.

Corte de Santiago rechaza demanda por competencia desleal contra empresa de fabricación y venta de muebles.

El Tribunal de alzada rechazó la acción judicial tras establecer que la conducta denunciada no constituye competencia desleal.

2 de agosto de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la demanda por competencia desleal, en la modalidad de desviación de clientela, presentada por la sociedad Comercial Vision Trading Limitada, dueña de la marca "Sofagallery", en contra de ex socia que utiliza el nombre de fantasía "Sofafactory" en sus productos.
La sentencia sostiene que los sucesos que se ha tenido por probados atañen a la conducta de dos empresas que se asociaron para una explotación común, al cabo de lo cual la demandada comenzó a ejecutar individualmente el mismo giro original de la sociedad demandante. Esta conducta, juzgada al amparo de la mencionada normativa especial, no es constitutiva de un ilícito de competencia desleal.
La resolución agrega que de acuerdo con lo que se ha podido tener por probado, no existe una "desviación de clientela" ni se han desarrollado conductas que puedan ser consideradas, seriamente, como inductivas a confusión, en la medida que la expresión genérica "sofá" no puede considerarse propiedad de nadie ni tampoco modelos o diseños que forman parte del acervo universal.
Por último, concluye que se ha escrito en esta materia que lo que se busca evitar con el establecimiento de ilícitos en estos asuntos es evitar la sustracción de activos, tangibles e intangibles, "que no responden al esfuerzo particular del competidor, y (que) tienden a desincentivar la creatividad de los actores del mercado…" (Óscar Contreras Blanco, "La Competencia Desleal y el Deber de Corrección en la Ley Chilena", Ediciones UC, 2012, p. 103). Nada de ello ocurre en este caso".

 

Vea texto íntegro de las sentencias de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia

 

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