En fallo dividido.
Corte de Santiago acoge protección contra clínica por alza de seguro de salud.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de protección presentado en contra de la empresa Seguros CLC S.A. por el alza injustificada de póliza de contrato de salud.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la empresa Seguros CLC S.A. (Clínica Las Condes) por el alza injustificada de póliza de contrato de salud.
Así, acogió el recurso presentado por la empresa Hurst Labeling Systems LLC-Chile Limitada.
La sentencia sostiene que de la atenta lectura de las cartas enviadas a la recurrente, se advierte que ninguno de los criterios preestablecidos contractualmente son invocados para justificar el alza pretendida, ya que se hace referencia a ‘un hecho de público conocimiento', como sería que el costo de la salud ha sufrido incrementos importantes en los últimos años, sin indicar el espacio de tiempo a que se refiere y, luego, intenta justifica el alza en el ‘incremento en el costo de las prestaciones médicas y su frecuencia de uso', expresando dos motivos genéricos, ninguno de los cuales alude a la edad del contratante o al precio vigente.
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