En fallo unánime.
CS ordena a hospital de Valparaíso reevaluar condición médica de paciente en lista de espera.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario del centro de salud al no someter a nuevas evaluaciones a la paciente que presenta un complicado cuadro gástrico, dolencia que le provoca intensos dolores, vómitos, problemas respiratorios y baja de peso.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó al hospital Eduardo Pereira de Valparaíso realizar una nueva y completa evaluación del estado de salud de la recurrente, quien se encuentra en lista de espera general en el lugar 4582 y en la lista de espera de especialidad en el número 2163.
La sentencia sostiene que de acuerdo al criterio de estos sentenciadores, parece razonable y con el solo objeto de precaver una amenaza a la garantía contenida en el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, puesto que no se ha informado claramente las reales condiciones de salud que afectan a la actora, y tampoco se le han practicado exámenes que den cuenta de su actual estado de salud, el que evidentemente se ve agravado por el transcurso del tiempo y por la incertidumbre que genera desconocer una fecha certera en que podrá ser sometida a la intervención quirúrgica, se justifica el acogimiento de la acción en estudio en los términos que se dirá en la parte resolutiva de esta sentencia.
La resolución agrega que la respuesta del Hospital recurrido se tornó arbitraria al no expresar un tratamiento racional y razonable al problema de salud de la actora, por lo cual su actuación carece de motivación y fundamento, pasando a estar radicada su decisión en su mero capricho o voluntad, circunstancia que no es posible aceptar, todo lo contrario debe ser corregido acogiendo la acción constitucional.
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