Por unanimidad.
CS revocó sentencia y acoge protección contra Gobierno Regional de la Araucanía por retirar de la toma de razón de Contraloría resolución de nombramiento de funcionario.
La Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se acogiera la acción de protección deducida.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió la acción de protección deducida por un abogado contra el Gobierno Regional de la Araucanía, por retirar de oficio la resolución que contenía su nombramiento como profesional de planta, del proceso de toma de razón de la Contraloría General de la República.
El requirente estimó haberse vulnerado, en primer lugar, la igualdad ante la ley, ya que sin motivo racional alguno la autoridad retiró de Contraloría la resolución de nombramiento, la que conduce a la no aplicación igualitaria de las normas legales pertinentes, pues existe un trato discriminatorio hacia el actor respecto de quienes, designados en iguales condiciones, tales designaciones fueron formalizadas y pudieron desempeñar en propiedad sus cargos.
Asimismo, señaló el actor como transgredidos el derecho de propiedad y, en consecuencia, su derecho a acceder a todas las funciones y empleos públicos, esto por cuanto se ha verificado el quebrantamiento a su legítimo derecho de ocupar en propiedad, es decir, como titular, un cargo de la planta, cuya titularidad, en derecho le corresponde. De este modo, agrega que es justo propietario de un derecho subjetivo, reconocido y garantizado constitucionalmente, de manera que haber retirado de la resolución de su nombramiento, ha sido privado del mismo, configurándose una verdadera expropiación al margen de la ley y son indemnización alguna que repare el daño patrimonial efectivamente causado.
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