Diario Constitucional

En fallo dividido.

CS ordena al Fisco indemnizar a familiares de tres fusilados en muro de escuela Haití de Santiago.

El máximo Tribunal acogió recurso de casación deducido solo en el aspecto civil, y estableció que la ejecución de las víctimas, calificado como homicidio calificado, constituye un crimen de lesa humanidad.

Por Redacción·05 de octubre de 2018·6 min de lectura
CS ordena al Fisco indemnizar a familiares de tres fusilados en muro de escuela Haití de Santiago.
Referencial

En fallo dividido, la Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $915.000.000 a familiares de Jorge Eduardo Cristián Oyarzún Escobar, Juan Joaquín Escobar Camus y José Sergio Muñoz González, fusilados en muro de la Escuela Haití de la comuna de Santiago, el 1 de octubre de 1973.

La sentencia sostiene que en cuanto al recurso de casación en la forma deducido por los querellantes y demandantes contra la decisión civil, la Corte de Apelaciones de Santiago decidió desestimar las demandas, dada la absolución de los enjuiciados. Sin embargo, lo decidido nada dice acerca de los presupuestos de hecho asentados en la causa, conforme a los cuales la muerte de las víctimas ha sido a manos de agentes del Estado, hecho que fue estimado como constitutivo de un delito de homicidio calificado.

La resolución agrega que nada dice acerca del carácter de lesa humanidad del ilícito, lo que el tribunal a quo declaró expresamente, por ser un acto violento, ejecutado por agentes del Estado con absoluto atropello o repulsa a la dignidad humana, en el contexto del ataque generalizado o sistemático que implementó el Gobierno Militar.

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