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Cursa su segundo trámite.

Contrato por obra o faena: Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado despacha indicaciones fijando gradualidad en la indemnización.

En una próxima sesión ordinaria, la Sala deberá conocer el texto aprobado. Los trabajadores recibirían cobertura de Fonasa, entre otros cambios.

6 de octubre de 2018

La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó, por unanimidad, las indicaciones que se le hicieron al proyecto que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena, en su debate en particular, por lo que quedó en condiciones de ser visto por la Sala.
Cabe señalar que la propuesta precisa en el Código del Trabajo, el concepto de contrato por obra o faena, confiriendo el derecho a feriado anual y una indemnización equivalente a dos y medio día de remuneración por cada mes trabajado si el contrato hubiere estado vigente por un mes o más.

Gradualidad de indemnización

La presidenta de la instancia, la senadora Goic sostuvo que “el punto que había demorado la tramitación y que costó acordar fue respecto al plazo en que iba a entrar en vigencia la indemnización de dos días y medio”.
Luego explicó que “finalmente aprobamos que esto se haga gradualmente. Es decir, esto parte en el 1 de enero de 2019 con un día de indemnización por un periodo de 18 meses. Luego los 12 meses siguientes, va regir un día y medio. Los 12 meses siguientes 2; y el año siguiente 2 días y medio que es lo que finalmente se aprobó en la ley”.
La congresista destacó que este acuerdo “permite ir adecuando los contratos, y por otra parte, se cumple con el derecho de estos trabajadores al descanso y la debida retribución económica, obviamente ajustada a este tipo de labor”.
Además recordó que otro de los cambios realizados dice relación con que este tipo de trabajadores tendrá cobertura de salud en Fonasa. “Bastan 4 cotizaciones para poder atenderse. Si se termina el contrato, la cobertura dura 12 meses”, puntualizó.

 

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