Se vulneró el derecho a la vida privada.
TEDH condenó a Italia por impedir injustificadamente durante más de 2 años el cambio de sexo de una transexual.
No existieron razones de interés general para impedir durante más de dos años el cambio de nombre.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Italia por tardar dos años y medio en cambiar el nombre a una transexual en trámites de ser operada, inscrita en el registro civil como de sexo masculino en su nacimiento.
Cabe recordar que la demandante, nacida en 1965 y residente en Ostia Lido, nació con el sexo masculino y fue inscrita con un nombre de hombre, pero siempre llevó una vida social como mujer con un nombre femenino. Desde 1999, su apariencia era la de una mujer, incluso en la fotografía de su carné de identidad. Ese año inició un tratamiento hormonal para su transición sexual y en 2001, a la espera de la operación, solicitó a las autoridades el cambio de nombre. El tribunal civil de Roma autorizó en mayo de 2001 la realización de la operación quirúrgica a la demandante, pero el delegado del Gobierno rechazó la solicitud de cambiar su nombre al no haber una decisión judicial sobre el mismo. La demandante apeló dicha decisión ante el tribunal administrativo regional del Lacio, el que rechazó suspenderla. Solo en octubre de 2003 se modificó en sus documentos el sexo y el nombre de la demandante, cuando el tribunal constató la realización de la operación en febrero de ese año.
En su sentencia, el Tribunal europeo señaló que no existieron razones de interés general para impedir durante más de dos años el cambio de nombre, y añadió que la rigidez del proceso judicial dejó a la demandante durante un período nada razonable en una situación de vulnerabilidad, humillación y ansiedad.
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