Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena a Superintendencia de Pensiones entregar información de AFP por Ley de Transparencia.

El Tribunal de alzada confirmó que la información sobre las notas explicativas entregadas por administradoras de fondos de pensiones (AFP), entre 2002 y 2016, no están sujetas a causal de secreto o reserva.

Por Redacción·14 de noviembre de 2018·4 min de lectura
Corte de Santiago ordena a Superintendencia de Pensiones entregar información de AFP por Ley de Transparencia.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de reclamación deducido en contra del Consejo para la Transparencia que ordenó a la Superintendencia de Pensiones entregar la información solicitada por ser de carácter público.

La sentencia sostiene que es dable precisar que al exponer la Superintendencia que la entrega de información afecta a terceros, en este caso a las AFP, son éstas quienes deben accionar en el Reclamo, precisamente atento su calidad de titulares de la información y en defensa de sus derechos. Lo anterior, evidentemente no ha ocurrido.

Concordante, aflora el artículo 20 de la ley de Transparencia en términos de la obligación de comunicar por carta certificada a las personas afectadas asistiéndole así la facultad para oponerse a la entrega de la información dentro del plazo de tres días.

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