Ilegal y arbitrario.
CS acoge protección respecto de Contraloría General de Valparaíso por disponer que Alcalde participe de Concejo para remoción de Administrador Municipal.
El máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Valparaíso.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de protección deducido contra la Contraloría Regional de Valparaíso por la emisión del Dictamen N° 6.355, de 13 de junio de 2018, según el cual el Alcalde debe ser considerado en la formación del quórum requerido para adoptar la decisión de remover al Administrador Municipal.
La sentencia sostiene que la designación del Administrador Municipal depende exclusivamente del Alcalde respectivo, en tanto que su remoción puede ser decidida tanto por aquel que lo nombró como por “acuerdo de los dos tercios de los concejales en ejercicio”, alusión esta última que debe entenderse en el contexto de la propia Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que en su artículo 72 precisa que el Concejo está formado por “concejales” y no por el Alcalde; que en su artículo 63 aclara que el Alcalde está facultado para presidir el Concejo, con derecho a voto, lo que denota, más allá de toda duda, que carece de la calidad de Concejal, pues de lo contrario sería innecesario reconocer expresamente su derecho a votar en él; y, por último, que en la historia fidedigna del establecimiento de la Ley N° 19.737, que la modificó en sus artículos 57 y 63 letra m), se indica explícitamente que se integrará al Concejo “el propio alcalde en su calidad de tal”, esto es, sin ser Concejal.
Continúa señalando la sentencia que se une a todo lo anterior el hecho que la voluntad del Alcalde considera de forma autónoma respecto de la remoción del Administrador Municipal, se encuentra contemplada por el legislador quien para adoptar esta determinación podrá, por sí solo disponerla y, en caso contrario la desestimará, pero no resulta adecuado y pertinente que participe en el segundo órgano que puede adoptar tal determinación, puesto que solamente estará afectando el quórum necesario para acordar esta medida, al elevar la cantidad de votos requeridos con tal fin.
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