Ley N°20.123.
Juzgado del Trabajo ordena a empresa indemnizar a conviviente civil de trabajador que se suicidó por acoso laboral.
El Tribunal estableció la responsabilidad de la empresa por no adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la integridad física y sicológica del trabajador, como establece la ley.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condenó a la empresa de gestión y de administración de call center Táctica S.A. a pagar una indemnización de $1.000.000 a pareja y conviviente civil del mismo sexo de trabajador que fue víctima de acoso y estrés laboral que lo llevó al suicidio.
La sentencia sostiene que las disposiciones precedentes forman parte del compendio de normas introducidas por la Ley N°20.123 y están construidas desde el principio de protección del trabajador, pretendiendo intensificar, en un caso, la posición de garante y estableciendo, en el otro, la responsabilidad directa del empresario que contrata con otros obras o servicios, sea respecto de las obligaciones pecuniarias de sus contratistas, tanto laborales como de seguridad social, como las propias en el ámbito de la seguridad, expresando de esta manera el carácter protector del Derecho del Trabajo, que en este caso tiene como objetivo prioritario asegurar el respeto de los derechos del trabajador y no la situación particular de control o no de la empresa.
La resolución agrega que las referidas disposiciones representan un cambio en relación a la situación previa a su introducción, ya que establece en el artículo 183 B la posibilidad del dependiente de dirigirse contra el patrimonio del dueño de obra para el caso de incumplimiento del empleador directo en el respeto de ciertos y precisos derechos, cuando el principal no ha tomado los resguardos que la ley establece. En efecto, la obligación de base y general que establece la ley para el principal es en carácter de subsidiario, mutando a solidario por un hecho u omisión suya, esto es, dependiendo de si hizo uso o no del deber de información, control y retención que la ley le acuerda para salvaguardar los derechos laborales y previsionales del trabajador.
Comentarios (1)
Alberto Veliz Peña este caso quedo como muerte a causa del trabajo
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