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En fallo unánime.

Corte de Rancagua dicta orden de no innovar y ordena a la ANFP paralizar pago a club San Marco por venta del canal del fútbol.

El Tribunal de alzada hizo lugar a la acción judicial, solo en el sentido de dictar orden de no innovar y oficiar a la ANFP para que proceda a la retención.

27 de diciembre de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Rancagua acogió reposición deducida por el club de fútbol Deportes Santa Cruz y dictó orden de no innovar, oficiando a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) para que retenga el eventual pago a Deportes San Marcos de Arica proveniente de la venta de acciones del Canal del Fútbol.
La sentencia sostiene que atendido el mérito de los antecedentes acompañados, en especial, la noticia publicada en la página web de "Al Aire Libre" de Radio Cooperativa, donde se señala la próxima repartición, entre los clubes de fútbol profesional, del dinero de la venta generada por el Canal del Fútbol, ha lugar a la reposición intentada sólo en cuanto se hace lugar a la orden de no innovar, en el sentido de que se ordena oficiar a la Asociación de Fútbol Profesional de Chile para que retenga cualquier pago al Club de Deportes San Marcos de Arica que diga relación con cualquier tipo de ganancia o distribución proveniente de la venta de acciones del CDF, en tanto se resuelva la presente acción cautelar.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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