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Seguridad: qué hacer ante un accidente causado por negligencia de los responsables de una carretera.

Si colisiono con un animal como una vaca o un caballo, la responsabilidad es del dueño de éste.

31 de diciembre de 2018

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se entrega información sobre qué hacer ante un accidente causado por negligencia de los responsables de una carretera.
El texto sostiene que la pena que arriesga una persona que atente contra un vehículo en movimiento lanzándole piedras u otros objetos, es de entre 61 a 540 días de cárcel, que corresponde a la pena de presidio menor en su grado mínimo.
Si como consecuencia del ataque una persona del vehículo queda lesionada o fallece, se aplican las penas según el delito de que se trate: homicidio, lesiones, lesiones graves, etc., aumentadas en un grado. Si sólo se producen daños materiales, se aplicará la pena de presidio menor, entre 61 a 540 días de cárcel, aumentada en un grado, es decir, hasta 3 años de presidio.
El texto añade que el Ministerio de Obras Públicas debe mantener vigente un reglamento con las normas de seguridad mínimas de las pasarelas peatonales y los pasos desnivelados o puentes, que pasan sobre carreteras en que se permita la circulación de vehículos sobre los 80 kilómetros por hora. El objetivo de ese reglamento es evitar el lanzamiento de objetos contundentes a los vehículos en circulación.
Las normas establecidas en el reglamento se entiende que forman parte de los contratos de construcción de obras y de concesión de carreteras.
Las bases de licitación de concesiones de obras públicas, cuando corresponda, deberán contemplar las mismas normas de seguridad.
A continuación, la BCN afirma que si colisiono con un animal como una vaca o un caballo, la responsabilidad es del dueño del animal. La Ley de Tránsito prohíbe a las personas dejar animales sueltos o amarrados que puedan obstaculizar el tránsito, estableciendo infracciones gravísimas por ello. También prohíbe el cruce de animales de uno a otro lado de la vía, lo que sólo podrá hacerse en lugares autorizados y previamente señalizados.
Además, agrega que si tengo un accidente por el mal estado de la carretera, el ministerio de Obra Públicas, la Municipalidad o la empresa concesionaria dependiendo de donde suceda el accidente se debe responsabilizar. La demanda civil debe interponerse ante el Juez de Letras en el Juzgado Civil correspondiente.
Asimismo, el responsable de un accidente si existen trabajos en la vía mal señalizados, es quien esté a cargo de los trabajos en la carretera y quienes los ejecuten. Estos últimos están obligados por la Ley de Tránsito a mantener de día y de noche la señalización que corresponda y tomar las medidas de seguridad adecuadas.
Luego, la BCN dice que los peatones si pueden transitar por una carretera. Ello siempre y cuando lo hagan por la berma o franja lateral de la calzada y por el costado izquierdo, de frente a los vehículos que circulan en sentido opuesto. No podrán permanecer en las calzadas de los caminos, ni saltar vallas peatonales o cruzar la calzada en forma diagonal.
Por último, señala que los que están encargados de vigilar el cumplimiento de la Ley de Tránsito es Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales y Municipales. Ellos son los encargados de  denunciar al Juzgado que corresponda las infracciones que se cometan. 

 

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