En fallos unánimes.
CS confirma fallo que ordenó restitución de inmuebles fiscales ocupados ilegalmente en La Araucanía.
El máximo Tribunal estableció que los demandados no cuentan con las autorizaciones necesarias, directas e inequívocas para ocupar los terrenos emplazados en el sector de Puesco del Parque Nacional Villarrica.

En fallos unánimes, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió demandas de restitución deducidas en contra de ocupantes ilegales de inmuebles fiscales ubicados al interior del Parque Nacional Villarrica, Región de La Araucanía.
Así, el máximo Tribunal rechazó los recursos de casación presentados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que estableció que los demandados no cuentan con las autorizaciones necesarias, directas e inequívocas para ocupar los terrenos emplazados en el sector de Puesco del Parque Nacional Villarrica.
Las sentencias sostiene que aciertan los jueces del grado al resolver que no habiéndose dado una autorización, concesión o contrato originado en conformidad a la ley o de otras disposiciones legales especiales para legitimar la ocupación, se sobrepasa por el ocupante el marco regulatorio inicial y básico ya enunciado, esto es, que se ve vulnerado, o soslayado, el mandato de respetar y conservar los bienes fiscales para el fin a que estén destinados. Tales supuestos de hecho, indispensables para configurar el acto de contar con una autorización que previene el texto legal consabido, no se ha tenido por establecido en el proceso. Por el contrario, el fallo atacado precisamente advierte que ese supuesto, de suyo necesario para entender que ha mediado una autorización particular -determinada, inequívoca, adecuadamente fundada y directa que habilitare al demandado para la ocupación que detenta-, no se ha establecido en la especie, no siendo útiles al efecto las pruebas que la demandada aportó al proceso.
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