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Libertad sindical.

Tribunal Laboral de Antofagasta acogió denuncia por despido y práctica antisindical deducida por trabajadores que participaron en paralización de funciones.

Su negativa a trabajar se encuentra justificada en una actuación que ha llevado a cabo el Sindicato en la búsqueda de una solución a conflictos existentes en el momento de la paralización.

18 de enero de 2019

Juzgado de Letras de Antofagasta acogió denuncia por despido antisindical y práctica antisindical deducida por un grupo de trabajadores sindicalizados que participaron en la paralización de funciones con motivo de la huelga legal llevada a cabo.

En su sentencia, el Tribunal indicó que se ha despedido a los cuatro trabajadores señalando que han incumplido su contrato de trabajo y han incurrido en la causal de abandono de trabajo al negarse injustificadamente a prestar los servicios convenidos, lo que a juicio del tribunal no se configura, toda vez que su negativa a trabajar se encuentra justificada en una actuación que ha llevado a cabo el Sindicato en la búsqueda de una solución a conflictos existentes en el momento de la paralización.

Enseguida, se aduce que el artículo 294 del Código del Trabajo establece que si el despido de trabajadores no amparados por fuero laboral se realiza en represalia de su afiliación sindical, participación en actividades sindicales o negociación colectiva, no producirá efecto alguno.

Finalmente, señala que el marco conceptual de la huelga en nuestro ordenamiento para entender si nos encontramos ante paralizaciones ilegales de los trabajadores que justifican su despido, y para ello debemos señalar que el artículo 345 del Código del Trabajo establece que "la huelga es un derecho que debe ser ejercido colectivamente por los trabajadores"; y en doctrina se sustenta que constituye uno de los pilares del derecho colectivo del trabajo -organización, negociación colectiva y huelga- que permite a los trabajadores poder negociar con el empleador en igualdad de condiciones, por lo que en consecuencia es consustancial a la libertad sindical.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol T 175-2018.

 

 

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