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Oxímoros jurídicos.

Éstos son recursos retóricos que combinan dos palabras o expresiones que son absolutamente contradictorias. Por ejemplo, claroscuro o altibajo.

21 de enero de 2019

Recientemente, la abogada argentina Susy Inés Bello Knoll publicó un artículo sobre los oxímoros jurídicos. Éstos son recursos retóricos que combinan dos palabras o expresiones que son absolutamente contradictorias.

En el documentó, sostiene que los sistemas binarios suelen provocar oposición conceptual entre los elementos que los componen sin dar oportunidad al pensamiento flexible. Cada vez menos se puede aplicar en el Derecho un sistema que provoque tal contradicción. Es así porque lo que busca el Derecho es la relación armónica de los hombres en sociedad y si bien los conflictos se producen entre las personas por desacuerdos u oposiciones son las normas jurídicas las que permiten encontrar soluciones y acercamientos logrando a veces reencuentros. Las leyes suelen dar soluciones a los problemas entre lo que resulta justo o injusto pero algunas veces abren el espacio de coherencia necesario para el logro de la indicada armonía.

A continuación, la autora plantea que la base del pensamiento humano se funda en oposiciones: lo femenino y lo masculino, lo bueno y lo malo, lo feo y lo lindo. En este sentido, el Derecho ha ido creando categorías diferenciadas como el derecho público y el derecho privado, el nacional y el internacional, el civil y el comercial. También dentro de los conceptos se plantean dicotomías como la culpabilidad y la inocencia, la norma sustantiva y la procesal. Por ello plantea la necesidad de revisar estos extremos que nos llevan a importantes encrucijadas.

Finalmente, manifiesta que la dialéctica que se suele encontrar en el lenguaje jurídico no ayuda a deconstruir la estructura de las paradojas legales como en el ámbito del derecho penal donde existe el delito y se puede comprobar al mismo tiempo que no hay culpabilidad.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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