Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Compin y Superintendencia de Seguridad Social por rechazo de licencias médicas a soldador que presentó enfermedad en sus ojos.
Las resoluciones son vagas, genéricas, todo lo cual no permite comprende cabalmente las mismas e imposibilita el debido control.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de La Serena que acogió la acción de protección deducida en contra del Compin y de la Superintendencia de Seguridad Social por rechazo de varias licencias médicas a soldador que presentó enfermedad en sus ojos.
El recurrente estimó infringidos el derecho a la vida y el derecho de propiedad.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de La Serena indicó en su oportunidad que en sus resoluciones la Superintendencia comienza con una exposición de motivos genéricas de índole legal. Asimismo, se señala que la precipitada conclusión se basa en que de acuerdo a la documentación adjuntada en su presentación, su patología ha sido definida irrecuperable, razón por la que no corresponde acoger nuevas licencias médicas.
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