Por unanimidad.
CS confirma sentencia que acogió protección contra Sindicato de Trabajadores de Minera por haber negado reincorporación de afiliado.
El recurrente estimó infringidos la libertad laboral, la libertad sindical y el derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Antofagasta que acogió la acción de protección deducida en contra de Sindicato de Trabajadores N°1 Minera Meridian del Peñon, por haber negado la reincorporación de afiliado.
El recurrente estimó infringidos la libertad laboral, la libertad sindical y el derecho de propiedad.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que del acta de la Asamblea Ordinaria correspondiente al periodo julio/agosto de 2018, que se votó a mano alzada, la solicitud de reincorporación del recurrente al Sindicato, la que por mayoría fue rechazada. Sin embargo, de conformidad a lo dispuestos en el inciso final del artículo 29 del Estatuto del Sindicato, debió en dicha acta indicarse las razones del rechazo, lo que no consta del documento acompañado, tampoco que la solicitud de reincorporación haya sido elevada a la consideración del comité de disciplina, como lo establece dicha norma, por lo demás, la recurrida nada señaló al respecto, al informar el requerimiento.
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