Diario Constitucional

Carece de fundamento plausible.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece principio de imparcialidad en Ley de Procedimientos Administrativos.

La gestión pendiente incide en autos de recurso de protección, de que conoce la Corte de Temuco, en actual conocimiento de la Corte Suprema.

Por Redacción·12 de febrero de 2019·1 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que establece principio de imparcialidad en Ley de Procedimientos Administrativos.
Referencial

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 11 de la Ley N° 19.880.

El precepto impugnado establece: “Principio de Imparcialidad. La Administración debe actuar con objetividad y respetar el principio de probidad consagrado en la legislación, tanto en la substanciación del procedimiento como en las decisiones que adopte.

Los hechos y fundamentos de derecho deberán siempre expresarse en aquellos actos que afectaren los derechos de los particulares, sea que los limiten, restrinjan, priven de ellos, perturben o amenacen su legítimo ejercicio, así como aquellos que resuelvan recursos administrativos”.

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