En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de protección deducida por la ex oficial primero del Tercer Juzgado Civil de Santiago contra dicho tribunal y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debido a que fue removida de sus funciones al haber sido declarado vacante su cargo.
La requirente estimó que se infringió la igualdad ante la ley, pues su remoción, de proceder, debe ser independiente y objetiva, similar a otros procesos de remoción que existen para otros miembros de organismos estatales independientes, lo que no ha acontecido en este caso. Asimismo, consideró que se conculcó el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, ya que la atribución de remoción de un oficial primero está radicada de forma exclusiva en la Corte de Apelaciones mediante una investigación sumaria. Por último, señaló que se vulneró el derecho de propiedad, puesto que se le privó del dominio sobre su cargo, en específico, sobre la estabilidad en su empleo y remuneraciones, de manera totalmente inesperada e injustificada.
En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que “en la presentación efectuada en estos autos, no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República”. Por tanto, declaró inadmisible el recurso deducido.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de la sentencia Rol N° 2757-2019 de la Corte Suprema y la sentencia de la Corte de apelaciones.