Opinión.
TC español excluye el uso de la cámara oculta en los reportajes periodísticos, con excepciones.
El Tribunal afirma que "su utilización podrá excepcionalmente ser legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información".

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo “TC español excluye el uso de la cámara oculta en los reportajes periodísticos, con excepciones”.
Se sostiene que el Tribunal Constitucional, en una sentencia ha vetado el uso de la cámara oculta en los reportajes de investigación por constituir “una grave intromisión ilegítima en los derechos fundamentales a la intimidad personal y a la propia imagen”.
Sin embargo, “su utilización podrá excepcionalmente ser legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información”.




