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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que acogió protección contra inmobiliaria por cobrar reparación de una filtración de agua bajo amenaza de corte de suministro eléctrico.

La recurrente estimó infringido su derecho a la propiedad.

14 de marzo de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida en contra de una Inmobiliaria, por cobrar la reparación de una filtración de agua bajo amenaza de corte de suministro eléctrico.

El máximo Tribunal indicó en su sentencia, que el Reglamento de Copropiedad ha contemplado las exigencias a que se subordina la procedencia del reembolso de cargo de uno o más propietarios determinados por servicios de reparación de desperfectos originados en sus respectivos departamentos, las que en la especie no se satisfacen. Asimismo, el instrumento normativo en análisis ha previsto que los gastos comunes ordinarios sólo comprenden la reparación de bienes comunes y, en consecuencia, no participan de la categoría de gastos comunes las expensas causadas en la reparación de bienes exclusivos ni se someten, en consecuencia, al régimen de los mencionados gastos.

Enseguida, el fallo sostiene que el acto recurrido resulta ilegal y arbitrario por afectar el derecho de propiedad de los actores, a quienes se somete bajo apercibimiento de sufrir el corte del suministro eléctrico, a satisfacer las expensas por refacciones al margen de las exigencias que prevé el Reglamento de copropiedad y que establece la Ley N°19.537.

Por tales consideraciones, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, toda vez que careciendo de sustento legal y habiéndose establecido su carácter arbitrario, el proceder de la recurrida es contrario a las normas constitucionales vigentes, de tal suerte que el recurso debe ser acogido, amparando el derecho de propiedad de quienes accionan.

 

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 26297-2018 y de la Corte de Santiago Rol N° 49131-2018.

 

 

 

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