Por unanimidad.
Corte de Iquique acogió nulidad laboral deducida en contra de sentencia que desestimó reclamación de multa impuesta por la Inspección del Trabajo.
Se ha acreditado en la causa que el trabajador y su empleador firmaron anexo de contrato en virtud del cual convinieron en alterar el lugar de prestación de los servicios.

En fallo unánime, la Corte de Iquique acogió el recurso de nulidad laboral deducido en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique que rechazó en todas sus partes el reclamo interpuesto por Dijon Comercial Ltda por multa impuesto por la Inspección del Trabajo de la misma ciudad.
En su sentencia, la Corte señaló que el juez de fondo ha infringido lo dispuesto en los artículos 5 inciso 3°, 7, 10 y 12 del Código del Trabajo, al resolver mantener la multa cursada a la empresa por supuesto ejercicio abusivo de ius variandi geográfico. En la especie, habiéndose acreditado la existencia de un acuerdo entre las partes para modificar el contrato de trabajo en cuanto al lugar de prestación de los servicios, resulta no ser efectivo que la reclamante haya ejercido ius varindi alguno ni de forma abusiva.
En ese sentido, agrega que el artículo 12 del Código del Trabajo faculta al empleador para alterar el sitio o recinto en que han de prestarse los servicios, incluso unilateralmente si se cumple con las condiciones que se establecen. Sin embargo, en la especie, se ha presentado al tribunal a quo copia del anexo de contrato que da cuenta que el trabajador estuvo de acuerdo en cambiar de lugar de trabajo, por lo que es indiferente si dicho anexo fue o no exhibido en el acto de fiscalización. Además, en la sentencia cuya nulidad se pide, nada se dice en relación a cuál habría sido el menoscabo que habría producido al trabajador la alteración del lugar de prestación de los servicios.
Te puede interesar

Artículo 11 de la ley N° 18.834.
Corte de Antofagasta rechazó nulidad laboral contra sentencia que acogió demanda declarativa de relación laboral y despido discriminatorio deducida por exfuncionario del Gobierno Regional.

Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección deducida en contra de Caja de Compensación por cobro extrajudicial de deuda supuestamente prescrita.

En fallo unánime.
Corte de Santiago rechaza protección de centro de padres del INBA por devolución de dependencias.

