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Caso argentino.

Cargas Sociales. Aportes y contribuciones de la Seguridad Social. Cómo entenderlas y cómo liquidarlas.

Concluye que este financiamiento no puede caer sobre los hombros, exclusivos, de las empresas del sector privado.

3 de abril de 2019

El abogado argentino Juan Pablo Chiesa publicó un análisis sobre las cargas sociales en su país.

En el documento expone fundamentalmente que considera tres diferentes formas de fijar las cargas sociales sin ser asfixiantes y excesivas. Al efecto, establece que la primera, que considera más volátil que las demás, es otorgando una reforma tributaria, aplicando criterios de operatividad, estableciendo que las cargas sociales se apliquen sobre la diferencia entre el básico de convenio, y la remuneración que supere el Salario Mínimo, Vital y Móvil, fijado por el Ministerio de Trabajo.

Enseguida, aduce que otra manera, no excluyente, es establecer que, en los primeros tres meses de relación laboral de cada persona, no se apliquen cargas sociales, como una suerte de facilitar la inserción laboral, tributando una alícuota fija en concepto de cargas sociales, diferente a las fijadas actualmente.

Posteriormente, afirma que una tercera salida intermedia es tomar las cargas sociales como pago a cuenta de otros tributos fiscales. Al respecto, sostiene que las cargas sociales son más regresivas, ya que inciden con similar intensidad independientemente del nivel de las remuneraciones y afectan de manera mucho más intensa a los salarios y a las empresas. Las cargas sociales representen casi la mitad de los sueldos (31 % aportes y contribuciones y 9 % de obra social), tienen asociados impactos muy regresivos sobre la distribución del empleo en la Argentina; éste es el principal problema de contar con bajos índices de empleo registrado.

A continuación, manifiesta que si bien debemos tener en cuenta que los aportes y contribuciones de la Seguridad Social son uno de los tres pilares de la recaudación nacional, estos no pueden equipararse al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y tener más carga porcentual que Ganancias. Los empleadores, con su contribución a la Seguridad Social, financian parte de las prestaciones que brinda la Anses, el Fondo Nacional de Empleo, el sistema jubilatorio y el PAMI. Estos, en general, no se relacionan en forma directa con el trabajador concreto, sobre el cual se abona ese costo.

Concluye que este financiamiento no puede caer sobre los hombros, exclusivos, de las empresas del sector privado, teniendo en cuenta que, en Argentina hay 900.000 Pymes y estas representan el motor de la economía y del empleo genuino.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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