En fallo unánime.
Corte de Santiago ordena a diario rectificar y pedir disculpas por publicar información falsa en 1973.
El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por Paola Oyarzún Escobar, hija y sobrina de los supuestos subversivos.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó a la empresa periodística Copesa S.A. la rectificación de la falsa información que publicó el diario La Tercera en el 2 de octubre de 1973, en la que se daba cuenta de la ejecución de Jorge Oyarzún Escobar y Juan Escobar Camus, tras atacar con disparos una población militar.
Causa que fue investigada por el ministro Hernán Crisosto quien, en diciembre de 2016, estableció que Oyarzún Escobar y Escobar Camus fueron víctimas de un crimen de lesa humanidad. Resolución que fue ratificada por la Corte Suprema, en octubre de 2018.
La sentencia sostiene que mediante esta acción constitucional se requiere por la compareciente la rectificación de la información falsa difundida en su oportunidad por el diario La Tercera, y para resolverla no es posible sustraerse al contexto en que se demanda, en cuyo origen se encuentran delitos de lesa humanidad, como ya se expresó ut supra, solicitándose por la recurrente la protección que la Carta Política establece frente a actos que se consideran ilegales y arbitrarios por vulneración a las garantías constitucionales que invoca, consagradas en el artículo 19 de dicho magno Estatuto y que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, por lo que resulta claramente procedente.
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