Diario Constitucional

Segunda sala.

Nuevamente impugnan ante el TC la norma que establece arresto para el empleador que no consigne sumas que descuente de la remuneración de sus trabajadores.

La gestión pendiente incide en autos seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

Por Redacción·15 de abril de 2019·1 min de lectura
Nuevamente impugnan ante el TC la norma que establece arresto para el empleador que no consigne sumas que descuente de la remuneración de sus trabajadores.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 12 de la Ley N° 17.322, sobre cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las Instituciones de Seguridad Social.

El precepto impugnado establece que el empleador que no consignare las sumas descontadas o que debió descontar de la remuneración de sus trabajadores y sus reajustes e intereses penales, será apremiado con arresto.

La gestión pendiente incide en autos sobre cobranza previsional, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

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