Diario Constitucional

En fallo dividido.

Caso Cascadas: CS acoge nulidad y ordena realización de nuevo juicio oral.

El máximo Tribunal acogió el recurso deducido, tras establecer que la sentencia atacada se dictó con infracción al principio de congruencia.

Por Redacción·16 de abril de 2019·4 min de lectura
Caso Cascadas: CS acoge nulidad y ordena realización de nuevo juicio oral.
Referencial

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad deducido por la defensa y ordenó al Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago la realización de un nuevo juicio por infracción a la ley de valores en contra de Aldo Motta Camp, en el denominado caso Cascadas.

La sentencia sostiene que el análisis detenido de la sentencia, en especial de las secciones reproducidas precedentemente, pone de manifiesto que el sustrato fáctico de la acusación del Ministerio Público, que no incluyó el plan delictivo urdido por el controlador, al que se adhirieron las querellantes y que no fue modificado por la acusación particular, fue excedido en el fallo, vulnerándose la concordancia o correspondencia impuesta como límite infranqueable a la decisión condenatoria, pues las particularidades del hecho y participación del acusado que se dieron por probados, conducentes a calificarlos de determinada manera, difieren de la acusación propuesta por el persecutor y del acusador particular, cercenando, finalmente, el derecho de defensa de que es titular todo inculpado de un delito.

La resolución agrega que según se desprende del apartado ‘los hechos' dentro del subapartado ‘primer grupo de hechos: operaciones ficticias, simuladas o engañosas' y de los ‘Antecedentes de Contexto', referidos en el fundamento décimo sexto de esta sentencia, al acusado se le atribuye al momento de la ocurrencia de los hechos denunciados, la calidad de gerente general tanto de las sociedades cascada como de las denominadas ‘aguas arriba', respecto de las cuales contaba con amplias facultades de administración. Asimismo, se le imputó que en dicha calidad y en relación con la sociedad Oro Blanco vendió acciones PC-A a un precio promedio inferior al del mercado a sociedades vinculadas con el controlador, las que, como gerente general de Potasios de Chile S.A., recompró a un precio mayor del que fueron vendidas, lo que proporcionó ganancias a la sociedad controladora SQ y perjuicio a las sociedades cascadas. Así la ilicitud de la transacción estaba conformada por la transferencia de las acciones a precios promedio más bajos que el precio de mercado, para luego recomprarlas a un monto mayor, proporcionando ganancias a terceras empresas y perjuicios a las sociedades cascadas.

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