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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia y rechaza amparo por expulsión de ciudadana cubana decretada por la Intendencia de la Región de Arica y Parinacota.

Se estimó que la acción deducida la no constituye la vía idónea para impugnar una decisión adoptada por la autoridad administrativa.

21 de abril de 2019

De forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Talca que rechazó la acción de amparo deducida en contra de la Intendencia de la Región de Arica y Parinacota, por emitir un decreto de expulsión de una persona de nacionalidad cubana por haber sido sorprendida ingresando en forma ilegal a territorio chileno.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Talca indicó que, la resolución del asunto sometido a decisión de esta Corte exige destacar como consideración preliminar que del mérito de los antecedentes expuestos por la propia recurrente fluye que la decisión adoptada por la recurrida se origina en una actuación de la amparada que constituye infracción flagrante a la normativa migratoria que rige en el ordenamiento jurídico nacional.
Asimismo, el fallo agrega que, la recurrente en la exposición de los hechos no ha negado la existencia de la conducta que motivó la resolución atacada. Por el contrario, la reconoció expresamente.
Enseguida, se expone que es preciso también señalar que la actuación de la Intendenta de la Región de Arica y Parinacota se hizo en el marco de su competencia dentro de las facultades que el artículo 2 de la ley N°19.175 en relación con la letra b) del N°1 del Decreto 818/1983 del Ministerio del Interior le otorga.
En virtud de dichas consideraciones, la Corte consideró queo la acción de autos no constituye la vía idónea para impugnar una decisión adoptada por la autoridad administrativa, por lo que rechazó el recurso de amparo intentado por la recurrente.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmo la sentencia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 9439-2019 y de la Corte de Talca Rol N° 39-2019.

 

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