En forma unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Director Regional del SEA de la Región de O´Higgins por no dar tramitación a recursos al estimar que recurrentes carecían de legitimación activa.
Los recurrentes consideran vulnerado el derecho a igualdad de protección en el ejercicio de los derechos, a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y la protección a la salud.

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la acción de protección presentada en contra del Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de O´Higgins por no dar tramitación a recursos de reposición y jerárquico, contemplados en la Ley N° 19.880, por estimar que los recurrentes carecían de legitimación activa, al no haber participado previamente del procedimiento administrativo llevado a cabo.
Cabe hacer presente que los recurrentes dedujeron los recursos de reposición y jerárquico en contra de la Resolución Exenta N° 262/2018, emanada de la autoridad recurrida, que había resuelto la consulta de pertinencia de ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA) del Proyecto denominado “Plantel Avícola Las Marías”, propuesto por la sociedad Agrícola Las Marías Ltda.
Los recurrentes consideran vulnerado el derecho a igualdad de protección en el ejercicio de los derechos. Lo anterior, puesto que el acto administrativo impugnado se sustenta en una errada interpretación y aplicación de la Ley N° 19.880, respecto a la facultad impugnatoria de terceros interesados en el procedimiento. Igualmente, alegan que es ilegal, por cuanto fue dictado en base a los antecedentes proporcionados por el propio titular, vulnerándose el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y protección a la salud.
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