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Diversas denuncias de vecinos.

Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación contra SMA asociada a multa contra establecimiento de entretención ubicado en barrio Bellavista.

En la reclamación la Sociedad Gastronómica Macul Limitada, administradora del Karaoke Espacio Bellavista, alega contra la resolución en que la SMA multó con 13 UTA al establecimiento tras determinar que incumplió la norma de emisión de ruido.

10 de mayo de 2019

El Segundo Tribunal Ambiental  llevó a cabo audiencia de alegatos en reclamación contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) asociada a procedimiento sancionatorio contra local de entretención ubicado en el barrio Bellavista, que culminó en multa por infracción a la norma de emisión de ruido.
En la reclamación, rol R-193-2018, la Sociedad Gastronómica Macul Limitada, administradora del Karaoke Espacio Bellavista, alega contra la resolución en que la SMA multó con 13 UTA al establecimiento tras determinar que incumplió la norma de emisión de ruido.
El procedimiento sancionatorio se inició luego de diversas denuncias de vecinos del sector Bellavista y luego de varias acciones de fiscalización llevadas a cabo tanto por la SMA como la Seremi de Salud Metropolitana.
La reclamante solicita que el Tribunal Ambiental remplace la sanción de 13 UTA por una amonestación escrita o en subsidio que se rebaje a 2 UTA o una cantidad menor a la establecida por la SMA.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Felipe Sabando y Juan Cristobal Mera.  En tanto, los alegatos estuvieron a cargo de la abogada Katharina Buschmann Werkmeister, por la SMA. La parte reclamante no se presentó a la audiencia.

Antecedentes

-La reclamante, Sociedad Gastronómica Macul Limitada, es administradora del Karaoke Espacio Bellavista, el cual tiene como objeto la prestación de servicios gastronómicos y producción de eventos musicales, ubicado en calle Pio Nono N° 286, Recoleta.

-El 9 de agosto de 2016 y el 20 de enero de 2017, vecinos del establecimiento, interpusieron en la SMA denuncias asociada a ruidos excesivos durante alta horas de la noche, situación que les impediría dormir adecuadamente.
Se realizaron varias actividades de fiscalización en el sector, tras las cuales la SMA consignó el incumplimiento a la norma de ruido.

-31 de agosto de 2017, la SMA formuló cargos a la sociedad Gastronómica Macul Ltda., calificando el incumplimiento como leve (Res. Ex. N° 1/Rol D-066-2017).

-3 de noviembre de 2017, la empresa presentó un programa de cumplimiento que fue rechazado por la SMA por haber sido presentado fuera de plazo (Res. Ex. N° 2/Rol D-066-2017).

-19 de junio de 2018, el Superintendente (s) del Medio Ambiente dictó resolución en la cual se impuso a la sociedad comercial una multa de 13 UTA (Res. Ex. Nº 735/2018).

-7 de agosto de 2018, la Sociedad Gastronómica Macul Limitada interpuso reclamación en contra de la Res. Exenta Nº 735/2018, la que fue admitida con el rol R-193-2018.

 

Vea el expediente de la causa R-193-2018

 

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