En fallo unánime.
CS ordena a tribunal ambiental nueva vista de reclamación de compañía minera.
El máximo Tribunal acogió la acción judicial, tras establecer que el acuerdo impugnado se adoptado en ausencia de uno de los integrantes del tribunal que vio la causa.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de casación y ordenó al Segundo Tribunal Ambiental realizar una nueva vista del recurso de reclamación deducido por la multa por 5.090 UTA, aplicada por la Superintendencia del Medio Ambiente a la Compañía Minera Candelaria.
La sentencia sostiene que la armónica interpretación de las disposiciones citadas previamente, indica que la regla general de adopción de los acuerdos exige que concurran al mismo todos los integrantes del tribunal que asistieron a la vista de la causa, y que se adoptarán por mayoría de sus miembros. Excepcionalmente, si antes del acuerdo, uno de ellos se inhabilitare por enfermedad, se esperará su comparecencia al tribunal por 30 días y si el ausente no pudiere comparecer dentro de dicho plazo, se procederá a una nueva vista, a menos que el fallo sea acordado por el voto conforme de la mayoría del total de jueces que hayan intervenido en la vista de la causa.
La resolución agrega que consta del mérito del expediente, según se ha consignado en el motivo tercero que precede, que luego de la vista, ocurrida el 15 de junio de 2017, el proceso estuvo en estudio hasta el día 14 de mayo de 2018, fecha en la que aparece adoptado el acuerdo según la resolución estampada ese día a fs. 284, encontrándose ausente el Ministro Sr. Asenjo, ausencia que se mantuvo hasta el día 5 de junio del mismo año, fecha en que se dictó la sentencia por los restantes jueces que asistieron a la vista.
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