Con disidencia.
CS revocó sentencia y declara admisible protección interpuesta por abogado de la Dirección Jurídica de la Universidad de Chile debido a detrimento patrimonial resuelto por Contraloría.
La decisión fue adoptada con el voto en contra del Ministro Aránguiz.

Con disidencia, la Corte Suprema revocó la sentencia que declaró inadmisible la acción de protección deducida en contra de empresa del Contralor General de la República por un abogado de la Dirección Jurídica de la Universidad de Chile y docente de su Facultad de Derecho, por resolver, en el ejercicio de sus funciones, que el recurrente no tiene derecho a gozar del último monto de asignación universitaria complementaria percibido antes de pasar a ocupar un cargo directivo de confianza.
El recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, específicamente a la igualdad de trato en materia remuneratoria, y asimismo por haber sido sometido a un procedimiento jurídicamente irregular, lo que condujo al acto administrativo que mermó sus emolumentos; y, también, el derecho de propiedad, al no habérsele respetado su asignación universitaria complementaria cuando retornó al cargo profesional mantenido en propiedad como a otros funcionarios, en los términos que lo percibía hasta antes de asumir el citado cargo de confianza.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Santiago manifestó en su oportunidad que, en la presentación efectuada en estos autos, no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales.
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