Exfuncionario.
CGR determina que corresponde a la Comisión de Sanidad del Ejército pronunciarse sobre la eventual inutilidad de sus funcionarios.
El ente contralor concluyó que el retiro absoluto del recurrente, por la causal de enfermedad, se ajustó a Derecho.

Se dirigió a la Contraloría General de la República un exfuncionario del Ejército, para impugnar la licitud de su retiro absoluto de esa entidad castrense, dispuesto por la causal de enfermedad, sin haberse resuelto el recurso que interpuso en contra del informe evacuado por la Comisión de Sanidad de esa institución.
Al respecto, el órgano contralor recuerda los artículos 232 y 240 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas; y el artículo 98 del decreto N° 277, de 1974, de la misma Secretaría de Estado, Reglamento de Investigaciones Sumarias Administrativas de las Fuerzas Armadas.
Luego, señala que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que en el marco de la investigación sumaria incoada para indagar la eventual existencia de una enfermedad profesional, se le solicitó a la Comisión de Sanidad del Ejército un pronunciamiento sobre las dolencias del recurrente, cuerpo colegiado que mediante su informe N° 712, de 30 de agosto de 2017 -notificado al interesado el 14 de diciembre de esa misma anualidad-, determinó que las patologías de aquel no constituían una enfermedad profesional ni invalidante de carácter permanente, no correspondiéndole una inutilidad, expresándose, además, que el interesado podrá presentar los antecedentes médicos que considere necesarios, en caso de manifestar disconformidad con lo resuelto.
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