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En fallo unánime.

CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección deducida contra Ministros de Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena por no hacer lugar a recurso interpuesto.

CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección deducida contra Ministros de Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena por no hacer lugar a recurso interpuesto.

26 de mayo de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirma la sentencia de la Corte de La Serena que declaró inadmisible la acción de protección deducida en contra de los Ministros de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena por no dar lugar a recurso interpuesto por el recurrente.
El recurrente estimaba vulneradas sus garantías constitucionales de no ser discriminado en el trato del Estado en materia económica.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de La Serena indicó en su oportunidad que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en numeral segundo del Auto Acordado que regula la materia, advirtiéndose de los escritos presentados por el actor, que los argumentos esgrimidos por éste, para efectos de explicitar los fundamentos de la acción constitucional, no es posible deducir hechos que puedan constituir vulneración de alguna de las garantías contempladas en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado, por lo que se declaró inadmisible el presente arbitrio.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 11623-2019 y de la Corte de La Serena Rol N° 345-2019.

 

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