Diario Constitucional

Tras aprobación de la Cámara de Diputados.

A ley proyecto que aumenta penas por robo de automóviles mediante «portonazos».

El nuevo art. 6º introducido por el Senado dispone que los concesionarios de rutas que operen con sistema electrónico de cobro, sin necesidad de orden judicial previa, deberán proporcionar información inmediata del tránsito de vehículos motorizados que se registren en sus sistemas y que hayan sido objeto de denuncia por el delito de robo, hurto o receptación.

Por Redacción·30 de mayo de 2019·3 min de lectura
A ley proyecto que aumenta penas por robo de automóviles mediante «portonazos».
Referencial

La Sala de la Cámara de Diputados respaldó, por 115 votos a favor y 16 abstenciones, las modificaciones propuestas por el Senado al proyecto de ley que modifica el tratamiento de las penas de los delitos de robo y receptación de vehículos motorizados o de los bienes que se encuentran en su interior.

El texto considera como robo y sanciona con la pena de presidio menor en su grado máximo (desde 3 años y un día a 5 años) la apropiación de vehículos motorizados, siempre que el autor se valga de la sorpresa o distracción del conductor o se genere por parte del autor cualquier maniobra distractora, cuyo objeto sea que la víctima abandone el vehículo para facilitar su apropiación, en ambos casos, al momento en que esta se apreste a ingresar o hacer abandono de un lugar habitado, destinado a la habitación o sus dependencias, o su lugar de trabajo.

Con la misma pena se castigará el robo de cosas que se encuentren en bienes nacionales de uso público, en sitio no destinado a la habitación o al interior de vehículos motorizados.

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