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Por unanimidad.

CS revocó sentencia y acoge protección contra juez del Décimo Juzgado Civil de Santiago por declarar como reservada una causa en actual conocimiento de su Tribunal.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales igualdad ante la ley y debido proceso.

1 de junio de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió la acción de protección deducida por una particular en contra de juez del Décimo Juzgado Civil de Santiago por declarar como reservada la causa ventilada ante su Tribunal.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales igualdad ante la ley y debido proceso, toda vez que se ha hecho materialmente imposible acceder a revisar el estado de la causa, en la que el abogado representa los intereses de una de las partes demandadas, con patrocinio y poder vigente en el proceso, estableciéndose, a su parecer, una discriminación arbitraria y limitando el derecho a defensa.
En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que la actuación de la recurrida constituye un acto ilegal y arbitrario, puesto que la negativa a remediar los problemas de acceso del recurrente impiden a éste tomar conocimiento oportuno de las actuaciones que se realizan en la causa y, por tanto, ejercer de manera correcta la defensa de su representada, lo que se traduce en una discriminación arbitraria que afecta el derecho fundamental de igualdad consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, porque desconoce que al recurrente debe dársele el mismo trato que al resto de los litigantes, a quienes se permite el acceso irrestricto a la causa, ya que le reserva, especialmente en materia civil, sólo puede decretarse respecto de terceros ajenos al juicio.
Enseguida, expresó que, a mayor abundamiento, se afecta la garantía del debido proceso, al impedirse la debida defensa jurídica reconocida en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República.
De ese modo, la Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se acogiera la acción de protección deducida, ordenando a la Corporación Administrativa del Poder Judicial solucionar el problema de acceso al sistema del recurrente en el plazo de 72 horas contados desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 2793-2019 y de la Corte de Santiago Rol N° 84612-2018.

 

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