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Sala del Senado analizará proyecto sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia.

La intención es que en el debate en particular, se mejore todo lo relacionado a procedimientos, de manera mejorar las respuestas institucionales que hoy se ofrecen a las víctimas de violencia en el contexto intrafamiliar.

5 de junio de 2019

La Comisión Especial del Senado, encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género, respaldó ideas matrices sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en la pasada sesión.
Ahora, el proyecto, iniciado en mensaje, se encuentra en condiciones de ser analizado por la Sala del Senado.
En su oportunidad, las parlametarias de la instancia respaldaron la idea de legislar tras escuchar a la asesora legislativa de la Corporación Comunidad y Justicia, y profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad Finies Terrae, Javiera Corvalán; a la jueza de garantía y presidenta de la Asociación de Magistradas Chilenas, María Francisca Zapata; y la coordinadora del Centro de Medidas Cautelares, Karen Hoyuelos.
La presidenta de la Comisión, senadora  Muñoz, explicó que la intención es que la Sala en una próxima sesión ordinaria apoye el texto, tras lo cual se abrirá un plazo para presentar indicaciones, muchas de las cuales podrían trabajarse en conjunto con el Ejecutivo.

Sobre el proyecto

En lo sustancial, la propuesta tiene dos objetivos: En primer lugar, busca mejorar las respuestas institucionales que hoy se ofrecen a las víctimas de violencia en contexto intrafamiliar, tanto a las mujeres, que constituyen el grupo a que este proyecto va fundamentalmente dirigido, como a otras personas que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad.
Para cumplir este fin se refuerza el trabajo intersectorial, propiciando acciones coordinadas entre los distintos actores involucrados en la prevención, protección y atención de las personas que por su condición de vulnerabilidad se encuentran más expuestas a ser víctimas de violencia.
Además, se regulan nuevas figuras tendientes a reconocer las distintas formas que adopta la violencia ejercida contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores y personas en situación de discapacidad, y se mejoran aspectos procedimentales cuyas limitaciones han redundado en un déficit de protección de los derechos de las personas víctimas de violencia, entre otras cuestiones relevantes.
En segundo lugar, este proyecto busca contribuir a la generación de un cambio cultural cuyo horizonte es la igualdad entre hombres y mujeres y el fin de las relaciones de subordinación que éstas padecen, raíz de la violencia de género.

Delito de femicidio y cambio cultural

La profesora Corvalán aclaró que “en el mensaje se distinguen dos objetivos: uno del tipo regulatorio cuyo foco son las victimas concretas, mujeres que sufren distintos tipos de violencia. Ahí la norma pretende prevenir y sancionar a los culpables, como así también modificar normas que regulan la suspensión condicional del procedimiento con el fin de garantizar la seguridad de las víctimas. También se extiende el delito de femicidio a casos no contemplados hasta ahora. A su vez, se sanciona el abuso sexual en casos que no son violación o estupro; y también se castiga el uso de material de contenido sexual sin que haya sido consentido por la víctima”.
La especialista valoró estos aspectos, pero cuestionó el segundo objetivo que busca cambiar la cultura social en torno a las mujeres. “Creemos que en esto no hay consenso en que sea conveniente hacer este cambio de mentalidad, lo que termina siendo peligroso para las propias víctimas, las de carne y hueso. También nos parece un error que en algunos artículos se hable de una mujer que debe ser sumisa, algo así como un ideal de mujer. Se hace con mucha delicadeza, pero hay que advertir ese sesgo”, expuso, reflexionando también sobre los modos de ser del hombre y la mujer más allá de los roles que asumen en distintos momentos.
A su parecer, “este proyecto reduce a la mujer a una serie de roles que la han oprimido reduciendo su autonomía. Todo ello empobrece la noción de ser mujer. Creo que también deberían definirse términos como el género, la violencia sexual y la violencia simbólica para que no se confunda y se termine cometiendo injusticias”.

Causas de violencia intrafamiliar

La jueza de familia Karen Hoyuelos explicó que el Centro de Medidas Cautelares del Ministerio de Justicia busca agilizar las causas de familia relacionadas con la violencia intrafamiliar. “Introducimos criterios de especialización y atención preferente, por lo que absorbemos el 21% de la población nacional. La idea es dar atención inmediata a las víctimas. Los ingresos de violencia en nuestro centro son muchísimos en relación a otros tribunales. Al 2017, más de 9 mil medidas cautelares detectamos. En cuanto a femicidio, desde el 2011 a la fecha, hay más en regiones que en la capital”, detalló.
La magistrada comentó que me preocupa la definición de violencia intrafamiliar en el proyecto porque “creo que la víctima tendrá que probar que la violencia está asociada al género. También planteamos incluir otras medidas cautelares como que la mujer pueda volver a su hogar cuando salga arrancando por violencia, o que se pueda derivar a las partes a un programa de apoyo terapéutico”.
Asimismo, dijo que nos parece adecuado el juez de familia sea quien decida con quién se quedará el menor. En la actualidad cuando la madre deja la casa por maltrato, el hijo queda con el padre, y cuando ella quiere recuperarlo no puede”, declaró explicando problemas prácticos.
También la juez solicitó que dentro de los factores de riesgo, se incorpore el que no existan denuncias previas, esto porque ello aparece hoy como atenuante, lo que es un contrasentido, porque la mayoría de las mujeres no denuncia violencia. A su vez, pidió considerar el concepto de amenaza de muerte. Esto porque muchas veces aquel que violenta, dice que se suicidará y al final, termina cometiendo un femicidio.

Ley marco, en lo operativo no es integral

La jueza Zapata valoró los primeros artículos del proyecto (1 al 18) “porque recogen aspectos de acuerdos internacionales. Cuando parte el capítulo de acceso a la justicia, no se retrata el trabajo previo que hicimos para esta norma. Cuando viene lo práctico, los procedimientos, se debe garantizar una tutela judicial efectiva. Siempre se ha hablado que este proyecto tiene un prisma integral, pero en lo operativo no es así, vemos una ley marco. Creemos que hay que enfocarse en la operatividad del proyecto”.
En lo que se refiere a cómo hacerlo, planteó sistematizar la referencia a otros cuerpos legales como la ley N° 20.066 (que establece la ley de violencia intrafamiliar del 2005) porque “es muy fácil cometer errores. Dentro del proyecto se podría sacar todo lo que hay respecto a mujer que está en la ley N° 20.066 y ponerlo en esta norma”.
En cuanto al fortalecimiento de la protección de la víctima, la magistrada apuntó a medidas cautelares y penas accesorias pero que no queden solo como una declaración, sino que se hagan efectivas en un seguimiento policial. También solicitó que cada vez que el juez dicta una medida cautelar debe decidir de forma provisoria, en la primera audiencia, los asuntos conexos como es el cuidado de los menores.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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