Con voto en contra.
CS acogió protección contra Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación de Valparaíso y Ministerio del Interior por no iniciar tramitación de solicitud de refugio presentada por una ciudadana cubana.
La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Matus, quien fue de parecer de confirmar la sentencia en alzada, con el mérito de sus propios fundamentos.

La Corte Suprema acogió la acción de protección deducida por una ciudadana cubana contra el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación de Valparaíso y el Ministerio del Interior, por no dar inicio a la solicitud de refugio que presentó, lo que vulneraría la igualdad ante la ley.
En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo que la decisión de la recurrida de no dar tramitación a la solicitud de refugio presentada por la actora en la forma de una carta, se ha apartado de las formas señaladas por la Ley N° 20.430 sobre protección de refugiados y el Reglamento del ramo, y ha carecido de razonabilidad al imponer a la actora exigencias adicionales a las señaladas por la ley, dispensándole un trato diferente al que se otorga a los demás solicitantes, todo lo cual ha redundado en una afectación de sus garantías constitucionales de la igualdad ante la ley y el debido proceso.
Por lo anterior, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección, por lo cual el Departamento de Extranjería y Migración deberá dar curso legal a la solicitud de refugio presentada por la recurrente.
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