En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Establecimiento Educacional por expulsar a hijo del recurrente debido a que agredió a un docente.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de integridad física y psíquica, debido proceso y su derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Rancagua que rechazó la acción de protección deducida en contra del Establecimiento Educacional San Fernando Collegue, por decidir la expulsión del hijo del recurrente y, asimismo la suspensión como medida cautelar, impidiéndole cerrar el año escolar debido a que agredió a un docente.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de integridad física y psíquica, debido proceso y su derecho de propiedad.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Rancagua indicó en su oportunidad que de la prueba documental acompañada en autos se desprende que la apoderada del niño fue notificada el día 20 de noviembre de 2018 de la determinación, y en ella se alude al hecho ocurrido el día 16 de ese mismo mes. Agrega que en relación a la especificación de las circunstancias que motivaron la expulsión, existe constancia por escrito respecto a que la actora, el día 19 de noviembre, mantuvo una reunión con el Rector del Colegio recurrido, instancia en la cual se abordaron las circunstancias acaecidas el día 16 de noviembre, relativas a la agresión del docente y los insultos a otros funcionarios.
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