Por unanimidad.
Corte de Santiago acogió protección y ordena a Universidad continuar proceso de licenciatura de alumno con deuda de más de 20 años.
Se vulneró la igualdad ante la ley al suspender el proceso de titulación por deuda que no ha sido cobrada en más de 20 años.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó a la Universidad de Chile entregar documentación necesaria para licenciatura en ciencias jurídicas de estudiante a quien se le denegó continuar con el proceso debido a deuda de aranceles.
En su sentencia, expone que si bien el artículo 7 del Decreto Universitario N° 691 de 14 de marzo de 1991, que fija Normas sobre Deuda de Aranceles, concede a la Universidad la facultad de exigir el pago de las deudas arancelarias pendientes por medio del arbitrio de supeditar la continuidad del proceso de licenciatura al hecho de que el pago se regularice, no lo es menos que en la especie esa aptitud ya no resultaba procedente considerando el extenso lapso que alcanzó a transcurrir entre los años 1998 (en que empiezan a hacerse exigibles las cuotas del pagaré suscrito el año anterior) y 2019, sin que se hubieren llevado a cabo por la recurrida acciones tendientes a cobrar la deuda", sostiene el fallo.
Enseguida, se aduce que, así las cosas, el uso extemporáneo de la mencionada atribución deviene en caprichoso, sin perjuicio del derecho para perseguir la obligación arancelaria a través de las acciones jurisdiccionales correspondientes, pero tornándose ilegítimo acudir, en los hechos, a un medio de presión para conseguir el pago".
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