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Modifica Ley N° 19.542.

Moción propone que en las sesiones de los directorios de las empresas portuarias estatales participe un representante del concejo municipal de la comuna donde se encuentren instaladas.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado.

13 de junio de 2019

La moción de los senadores Chahuán, García-Huidobro, Pizarro, Rincón y Soria expone que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.542, de 1997, que modernizó el sector portuario estatal, se dividió la Empresa Portuaria de Chile, en diez empresas portuarias estatales, cuya administración adquirió el carácter de descentralizada, fijando cada una de las empresas su propio plan de desarrollo y prioridades de inversión y expansión. Este mismo cuerpo legal reconoce la necesidad de coordinación entre las empresas estatales y entre ellas y los demás organismos estatales que desarrollan actividades al interior de los recintos portuarios. Por su parte, en el Plan Nacional de Desarrollo Portuario elaborado en el año 2013, por la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, su diagnóstico señala que “el desarrollo del sistema marítimo portuario requiere de una institucionalidad pública que permita abordar los desafíos previstos para el sector”, entre ellos “procurar un desarrollo armónico entre los puertos y la ciudad, cuidando en especial el entorno urbano, las vías de acceso y el medio ambiente. Para estos efectos, se creará una instancia de coordinación a nivel de región, denominada Consejo de Coordinación Ciudad-Puerto, en la que tendrán participación, a lo menos, un representante del Gobierno Regional y uno por cada municipalidad donde se encuentre el puerto”.

Los senadores señalan que, sin perjuicio de dicha actividad, dada la importancia que la actividad portuaria implica para las ciudades donde se desarrollan, debe existir, al igual que en las legislaciones de otros países, una adecuada integración de los puertos con las ciudades donde ellos se encuentran instalados. En efecto, tanto los accesos al puerto, la conectividad vial del mismo, sus flujos y almacenamiento de carga, son elementos que afectan a la población, por lo que las decisiones a este respecto deben necesariamente considerar la realidad de la ciudad-puerto. Así, sostienen que, al igual que el Plan Nacional de Desarrollo Portuario establece la participación municipal en los Consejos de Coordinación Ciudad-Puerto, es preciso que, sin alterar las atribuciones de las autoridades llamadas a efectuar el nombramiento de los miembros del directorio, éste pueda aceptar que un representante del concejo municipal correspondiente a la comuna donde se encuentre instalada la empresa respectiva, se integre a sus sesiones solo con derecho a voz, como una manera práctica de procurar que en el directorio se equilibren los proyectos de actividades marítimo-portuarias con los intereses de las comunas en que se albergan.

Por lo anterior, el proyecto de ley modifica el artículo 24 de la Ley N° 19.542, que moderniza el sector portuario estatal, agregando el siguiente inciso final nuevo:

“El directorio deberá aceptar que un representante del concejo municipal correspondiente a la comuna donde se encuentre instalada la empresa respectiva, se integre a sus sesiones solo con derecho a voz”.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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