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Despachada al Senado.

Sala de la Cámara de Diputados aprobó nuevo Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito.

La propuesta crea una nueva División en la Subsecretaría de Transportes enfocada a administrar este sistema y regula las infracciones que serán atendidas por esta vía; los medios de comunicación y notificación; las impugnaciones a las sanciones; y el mecanismo de pago.

13 de junio de 2019

El Ejecutivo impulsó el proyecto que crea un Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito, aprobado por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite legislativo al Senado.
Cabe señalar que los accidentes de tránsito son una de las principales causas de muerte en nuestro país y constituyen un importante problema de salud pública, tanto por la cantidad de vidas humanas que cobran diariamente, como por el enorme número de personas discapacitadas y con secuelas que generan.
La iniciativa fue aprobada en general por 113 votos a favor, cinco en contra y 14 abstenciones, en tanto que las normas de quórum especial se ratificaron por 103 votos a favor, 13 en contra y 16 abstenciones. Luego, por medio de cinco votaciones se sancionaron cinco artículos cuya votación separada fue solicitada, aprobándose cuatro de ellos.
El punto rechazado (22 votos a favor, 89 en contra y 23 abstenciones) dice relación con una de las contravenciones de tránsito cuyo control se adjudicaba a la nueva entidad, específicamente, circular con vehículos que no estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado u otro sistema complementario que permita su cobro, cuando su uso sea obligatorio.

Datos del proyecto
Para dar cumplimiento a sus objetivos, la propuesta crea la División de Fiscalización del Transporte y Tratamiento Automatizado de Infracciones de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Transportes, la que mediante una red automatizada -debidamente señalizada en las zonas de control- se hará cargo de la detección y notificación a los infractores en caso de exceso de velocidad, restricción vehicular y uso de pistas exclusivas para el transporte público, entre otras.
A la nueva unidad le corresponderá proponer al Subsecretario/a de Transportes planes y programas para la fiscalización y el tratamiento automatizado de las infracciones de tránsito; y gestionar el sistema informático y administrativo que permitirá la gestión electrónica de tratamiento de infracciones y de los pagos a que hace referencia esta ley mediante sistemas remotos o de transferencia electrónica.
Además, deberá mantener la operación y desarrollo del equipamiento, sistemas y aplicaciones necesarios para el procesamiento automatizado de las infracciones captadas mediante equipos de registro automáticos; cursar las infracciones a los propietarios de los vehículos que sean detectados por la red de dispositivos de tratamiento de infracciones, contraviniendo las disposiciones de la presente ley; y definir, organizar y publicar las zonas de control mediante la red de dispositivos.
Por último, tendrá que coordinar con los órganos competentes la instalación de equipos de registro automatizados en calles, plazas, parques, caminos y otros bienes nacionales de uso público; implementar, supervigilar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulen la instalación, operación, publicidad y explotación de los distintos equipos, sistemas y aplicaciones de la red; llevar a cabo el tratamiento de la información visual o audiovisual obtenida mediante dichos dispositivos; y ejercer las demás atribuciones señaladas en esta ley.
El proyecto define el mecanismo de comunicación o de notificación de las funciones de fiscalización; se establece el deber para la citada División de informar a los infractores respecto de las contravenciones de tránsito detectadas; regula el sistema de señalización e instalación de los dispositivos automatizados, fijos o móviles; y determina las materias que deberán ser especificadas por medio de reglamentos (por ejemplo, los requerimientos técnicos de los dispositivos automatizados).

Sobre las infracciones

La propuesta también especifica las contravenciones de tránsito que corresponderá notificar a la Subsecretaría de Transportes: exceder la velocidad máxima; transitar en un área urbana con restricción por razones de contaminación ambiental; e infracción a las normas de transporte terrestre dictadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo anterior es sin perjuicio de los casos que serán remetidos por la Subsecretaría al Juzgado de Policía Local competente, donde no procederá el sistema de pago anticipado de la multa. En concreto: infracciones calificadas como gravísimas; cuando haya ocurrido un accidente de tránsito o la producción de daños a terceros; cuando se hayan detectado por parte de la red de dispositivos 5 o más infracciones graves en un plazo de seis meses, contados desde la comisión de la primera infracción, por parte de un mismo infractor, aun cuando tales infracciones hayan sido pagadas.
La iniciativa, además, regula el sistema de impugnación de las sanciones y determina que el infractor que no impugne la sanción y pague la multa, luego de la notificación y antes de un plazo de 20 días hábiles, tendrá derecho a pagar el monto mínimo fijado para la infracción respectiva, con una rebaja equivalente al 30%.
El proyecto, que modifica las Leyes de Tránsito, de planta de la Subsecretaría de Transportes y que establece el procedimiento ante los juzgados de policía local, también contempla una vía electrónica de comunicación entre la Subsecretaría de Transportes y los tribunales; el mecanismo de pago de las multas; y la forma en que se dará tratamiento de los datos personales, entre otras normas.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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*TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas que establecen obligación a los conductores de prestar ayuda ante accidentes de tránsito con resultado de lesiones o muerte…

 

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