Opinión.
Anulan dos condenas por yihadismo porque el tribunal no motivó la protección máxima otorgada al testigo de cargo en el juicio.
Una sección distinta a la que enjuició el caso deberá retomar la causa, empezando por dictar un nuevo auto sobre la protección del testigo que cumpla con las exigencias de motivación de una medida de ese tipo.

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo “Anulan dos condenas por yihadismo porque el tribunal no motivó la protección máxima otorgada al testigo de cargo en el juicio”.
Se sostiene que la Sala Segunda del Tribunal Supremo español ha anulado la sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, de 3 de diciembre de 2018.
Esta confirmó sendas condenas de 17 años de cárcel a dos hombres residentes en Ceuta por delitos de participación activa en organización terrorista y depósito de armas de guerra.
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