Diario Constitucional

Admitido a trámite con suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma de la Ley sobre Impuesto a la Renta que establece prohibición de declarar como gasto necesario la remuneración pagada al cónyuge del contribuyente.

La decisión de suspender el procedimiento fue acordada con el voto en contra de la Ministra Silva.

Por Redacción·21 de junio de 2019·1 min de lectura
Tribunal Constitucional
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 33, N° 1, letra b) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en el fondo, seguidos ante la Corte Suprema, deducido por un particular que ejerce como el Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Ángeles en contra del SII, debido a que la prohibición del precepto legal citado es a su juicio inconstitucional.

El requirente considera que el precepto impugnado infringe la igualdad ante la ley el debido proceso, y sus derechos a la igual repartición de los tributos en proporción a su renta y propiedad, toda vez que siempre las partidas consideradas en el artículo citado van a constituir un gasto rechazado por mandato legal. En específico, estima que dicha disposición contiene una prohibición absoluta de deducir de la renta líquida imponible, como gasto necesario para deducir la renta, la remuneración pagada al cónyuge del contribuyente, lo que sería una presunción de derecho, puesto que no admite prueba en contrario.

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