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Derecho a la educación y trastornos de conducta: sobre ley que prohíbe condicionar la matrícula o permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos.

Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares.

28 de junio de 2019

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se da a conocer información sobre la ley que prohíbe condicionar la matrícula o permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos.
Acerca de la integración e inclusión de los estudiantes, la ley incorpora a los principios de la Ley General de Educación la eliminación de la discriminación a los y las estudiantes que tengan necesidades educativas especiales. El sistema debe propender a la integración de esos niños, niñas y adolescentes.
La BCN destaca que los establecimientos no pueden condicionar la matrícula o la permanencia al consumo de medicamentos contra el déficit atencional. Así, no se podrá condicionar en ningún caso la incorporación, la asistencia y la permanencia de los y las estudiantes a que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes.
A continuación, aclara que más deben hacer los establecimientos respecto de estudiantes con necesidades especiales por trastornos de conducta. Los establecimientos propiciarán iniciativas de apoyo biopsicosociales y de atención diferenciada, tanto en las actividades curriculares como extracurriculares. Así deberán facilitar ambientes de aprendizaje que permitan atender las necesidades educativas especiales. De esa manera, deberán promover el desarrollo de habilidades emocionales y sociales.
Además, añade la BCN que la ley sugiere actividades. Efectivamente, la ley sostiene que las habilidades emocionales y sociales pueden ser introducidas mediante determinadas disciplinas o metodologías. Se mencionan en particular las prácticas deportivas o contemplativas, tales como meditación, yoga, mindfulness (técnica de concentración), taichí (arte marcial que combina la actividad física con la concentración), danza o expresiones artísticas.
Por último, expone qué pasa cuando un estudiante está en tratamiento médico por trastornos de conducta. El establecimiento deberá otorgar todos los apoyos necesarios para asegurar la plena inclusión de los y las estudiantes que estén en tratamiento médico con estricto cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Salud.

 

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