En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge protección por examen de revalidación de médicos extranjeros.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario del ente contralor al establecer un nuevo requisito para que los médicos cirujanos titulados en el extranjero que aprobaron el Eunacom, puedan ejercer en Chile, tanto en el sistema de salud pública como privada.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de dictamen de la Contraloría General de la República que exige examen de revalidación a médicos extranjeros que aprobaron el examen único nacional de conocimientos en medicina (Eunacom), provenientes de países sin convenio internacional bilateral de reconocimiento de título.
La sentencia sostiene que la consagración de esta igualdad legal, no significa que la legislación no pueda dictar normas de excepción que, no obstante de alterar la regla fijada para una situación determinada, no transgrede el principio de la igualdad ante la ley, si esta legislación diferente está llamada a que estas disposiciones de excepción, sean aplicables a todos aquellos que se encuentren en condiciones similares, sea frente al derecho público como al derecho privado.
La resolución agrega que conforme a tal juicio, el Dictamen 880, de 11 de enero de 2019, en el que el recurrido desecha la solicitud de reconsideración de su criterio, en cuanto a que la aprobación del EUNACOM por parte de médicos cirujanos que hubieren obtenido su título en el extranjero y provenientes de países sin convenio internacional bilateral de reconocimiento de título, no se encuentran habilitados para desempeñarse en el sector privado, al no hacer respecto de aquéllos una distinción razonable que es procedente, infringe la garantía constitucional del Nº 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, si se razona que, sin que medie una causal legal, médicos cirujanos ya con sus títulos revalidados en Chile conforme a la ley, estando en la misma situación de los egresados de las universidades chilenas y los que provienen de países en que existen convenios internacionales de revalidación, son tratados por la autoridad contralora en desigualdad de condiciones respecto del derecho a ejercer en el sector privado, por el solo hecho de pertenecer a un grupo diferente y determinado de médicos cirujanos con títulos profesionales extranjeros que los revalidaron, al aprobar el examen Eunacom.
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