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En fallo dividido.

Corte de Santiago rebaja multa aplicada a municipalidad por discriminación.

El Tribunal de alzada redujo de 20 a 5 UTM la multa aplicada y mantuvo la sentencia en la parte que ordenó al municipio capacitar a sus funcionarios para atender apropiadamente a extranjeros que no hablan español.

16 de julio de 2019

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago fijó en 5 UTM la multa que deberá cancelar la Municipalidad de Lo Prado por discriminación de la ciudadana haitiana Joane Florvil.
La sentencia sostiene que teniendo en consideración que los guardias de seguridad de la Municipalidad demandada, detentan la calidad de subcontratados y no son funcionarios de dicho organismo, se confirma la sentencia apelada de dos de enero del año en curso, dictada por el 5° Juzgado civil de Santiago, en causa C-34592-2017, con declaración que se rebaja el monto a pagar por la Ilustre Municipalidad de Lo Prado por concepto de multa, al equivalente a 5 Unidades Tributarias Mensuales.
Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Asenjo, quien fue de opinión de revocar la sentencia en alzada, por estimar que no se han acreditado actos de discriminación arbitraria en los términos del artículo 2° de la Ley 20.609.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 953-2019 de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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