Diario Constitucional

Sustituye conceptos.

En Costa Rica: Reforma constitucional utilizará lenguaje inclusivo para referirse a personas con discapacidad y adultas mayores.

Modificación responde a recomendaciones de las Naciones Unidas con el fin de extinguir términos peyorativos, excluyentes y discriminatorios de la legislación.

Por Redacción·18 de julio de 2019·1 min de lectura
En Costa Rica: Reforma constitucional utilizará lenguaje inclusivo para referirse a personas con discapacidad y adultas mayores.
Referencial

En Costa Rica entrará en vigencia la Ley de “Reforma Constitucional del Artículo 51 para Garantizar la Protección Especial del Estado a las Personas con Discapacidad”.

La enmienda constitucional, aprobada por la Asamblea Legislativa el 29 de mayo de 2019, tiene como objetivo eliminar el lenguaje discriminatorio y sustituirlo por conceptos inclusivos, neutrales y con perspectiva de género.

Siguiendo recomendaciones de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, se modificó el artículo 51 de la Constitución de Costa Rica que se refería textualmente a “la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido” como sujetos de protección especial por parte del Estado.

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